PLAN DE EXPLOTACIÓN

La finalidad del plan de explotación es controlar los consumos de cada explotación, para conseguir unos usos compatibles con los recursos disponibles. Actualmente, la Confederación Hidrográfica del Júcar aprueba todos los años unos Criterios al uso del agua dirigido a los usuarios integrados en la JCRMO. En dicha resolución se insta a la JCRMO a que elabore unas normas de gestión, coordinación y control que permitan la aplicación material de estos criterios. Estas normas son aprobadas por la Asamblea General al inicio de cada campaña de riegos.

Resumen de normas para 2026

– Volumen disponible riego con aguas subterráneas: 90% del derecho (menos excesos de años anteriores, si los hubiera).
– Control de extracciones en aprovechamientos con doble origen del agua mediante contadores volumétricos en cualquiera de los dos suministros.
– Control de extracciones optativo por consumos teóricos/contadores, excepto en aprovechamientos de hasta 7.000 m3 anuales (Artículo. 54.2 del TRLA), concesiones de escasa importancia, concesiones para riegos de apoyo, así como todos aquellos aprovechamientos con resolución conforme al vigente Plan Hidrológico de la Demarcación del Júcar de los expedientes por modificación o revisión de concesiones para riego por incremento de superficie de riego, por cambio de cultivo, sin incremento de volumen, que deberán acogerse a la modalidad de control por caudalímetros. No obstante lo anterior, los titulares de dichos aprovechamientos vendrán obligados a presentar el correspondiente plan de cultivos.
– Todos los usuarios que opten o estén obligados al cumplimiento mediante la modalidad de caudalímetros, deberán cumplir con la Orden TED/1191/2024 en cuanto a la frecuencia de envío de información a la Confederación Hidrográfica del Júcar (dato de lectura diaria u horaria, según su categoría).
– Posibilidad de cultivar en secano parcelas de regadío, solicitando precinto de instalaciones de riego antes de la siembra o plantación.
– Consideración de leñosos con riego, riego intensivo y riego superintensivo mediante el índice de vegetación (ver tabla).
– Los excesos de consumo serán restituidos con un recargo de hasta el 30%.

PLANES ESPECIALES

Excluidos aprovechamientos 54.2 y concesiones de escasa cuantía del art. 20.C) 13 del PHJ (Real Decreto 1/2016)

PLANES BIENALES

En UGH de menos de 70 ha, a las que sobre más del 10% del derecho en la primera campaña, trasladando a la segunda campaña hasta el 50% del volumen disponible y no consumido en la primera.

PLANES CONJUNTOS

En UGH de menos de 40 ha pertenecientes a un mismo titular, que hayan regado al menos el 30% del volumen disponible en cada una de ellas en los últimos cinco años. Siempre y cuando quede justificado por razones agronómicas, podrá autorizarse un plan conjunto para superficies mayores de 40 ha, siempre que en el conjunto de las UGH se produzca un menor uso de agua de al menos el 15 % y además se cumplan las condiciones anteriores.

PLAZOS

Antes del 31 de marzo de 2026: Declaración de cultivos general, excepto explotaciones íntegramente de leñosos sin modificaciones respecto a 2025.
Antes del 31 de diciembre de 2025: Solicitudes de modalidad de control por contador y peticiones de planes bienales y conjuntos.
Declaraciones de cultivos sin riego: Solicitud de precinto antes de la siembra o plantación de estos.
Alfalfa y pradera con parada estival: 30 días antes de la parada y siempre antes del 15 de julio.

CONTADORES

Los titulares de aprovechamientos de aguas superficiales y aguas subterráneas deben instalar y mantener sistemas de medición de caudales y comunicar los volúmenes consumidos.
Datos y la frecuencia de envío de información a la Confederación conforme a la Orden TED/1191/2024.
Categoría por
aprovechamiento
Volumen anual máximo ≤ 20.000 m³ >20.000 m³ - <500.000 m³ ≥ 500.000 m³
Registro datos del contador DIARIA DIARIA HORARIA
Frecuencia de envío ANUAL en el primer trimestre TRIMESTRAL enero, abril, julio y octubre HORARIA
Entrada en vigor 1 noviembre 2027 1 noviembre 2026 1 noviembre 2025

Marcaje de los contadores

Más información en la página de la Confederación Hidrográfica del Júcar de control de volúmenes.

SOPORTE TRÁMITES

Junta Central de Regantes de La Mancha Oriental (JCRMO)

Vías de comunicación para declaraciones de cultivo:

Correo electrónico: documenta.jcrmo@jcrmo.org

WhatsApp: 606 43 73 94

Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ)

Enlaces de trámites: